Existen dos tipos de Conocimiento de Embarque: No negociables y negociables o "shipper's order". Este último se utiliza para operaciones comerciales que se realizan con letra a la vista o con carta de crédito. Las personas encargadas de emitir y firmar este documento son los consignatarios de buques.
1. ¿Para que sirve?
Este documento sirve para comprobar la existencia del contrato de transporte y puede interpretarse como el titulo de propiedad de la mercancía en tránsito. La información que debe de estipular este documento son sobre: partes contratantes, datos del buque, datos de la mercancía, itinerario, flete y lugar y fecha de emisión.
• Partes contratantes (naviera o armador, consignatario de buques, cargador (shipper) y destinatario de la mercancía (consignee)).
• Nombre del buque.
• Número de viaje.
• Puerto de carga.
• Puerto de descarga.
• Descripción de la mercancía a transportar (con las marcas y números de sus embalajes).
• Numeración de contenedores (si la mercancía va containerizada).
• Peso bruto y volumen de la mercancía.
• Flete a satisfacer: indicación si el flete es pagadero en origen (prepaid) o en destino (collect).
• Lugar y fecha de emisión del documento (puerto de carga y momento en que se efectúa la carga).
• Número de originales del B/L emitidos por el consignatario de buques.
• Nombre del buque.
• Número de viaje.
• Puerto de carga.
• Puerto de descarga.
• Descripción de la mercancía a transportar (con las marcas y números de sus embalajes).
• Numeración de contenedores (si la mercancía va containerizada).
• Peso bruto y volumen de la mercancía.
• Flete a satisfacer: indicación si el flete es pagadero en origen (prepaid) o en destino (collect).
• Lugar y fecha de emisión del documento (puerto de carga y momento en que se efectúa la carga).
• Número de originales del B/L emitidos por el consignatario de buques.
2. Trámite
Paso 1: A Los exportadores (o de sus agentes de aduanas), los consignatarios de buques suelen emitir tres o cinco ejemplares originales de BL.
Paso 2: Los exportadores deben remitir posteriormente los B/Ls originales a los importadores para que éstos puedan retirar las mercancías del puerto de destino. De hecho, basta con un original para que el importador o su agente de aduanas puedan retirar la mercancía del muelle del puerto de destino.
Paso 3: Es recomendable enviar a los importadores los originales de los B/Ls a través de distintas vías (vía courier y vía buque). De este modo se garantiza que al menos algún B/L original llegará a los importadores y que éstos podrán retirar las mercancías del puerto de destino.
fuente: pymex.com